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27 ene 2026
Novedades legislativas, ayudas y convocatorias
Plazo de presentación hasta: 24/2/2026
Objeto: Impulsar el desarrollo de proyectos de inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas existentes que comenzasen su operación antes del 30 de junio de 2010, es decir, un mínimo de 20 años con anterioridad a la fecha límite para la realización de las actuaciones.Beneficiarios: cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas; consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia; legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España, siempre que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado y lleven a cabo la inversión o satisfagan el gasto correspondiente a la actuación incentivable. Proyectos subvencionables: Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos de inversión en la “Repotenciación de instalaciones eólicas”: Renovación tecnológica de instalaciones eólicas existentes que consista en la sustitución completa de los aerogeneradores por otros nuevos y sin uso previo, sin perjuicio de que tal sustitución pueda afectar parcialmente al número de aerogeneradores existentes frente a la totalidad, con independencia de que se aumente o no la potencia de la instalación previa. Estas actuaciones implican el desmantelamiento de, al menos, torre, rotor y góndola de los aerogeneradores existentes afectados por la actuación y la construcción y puesta en marcha de nuevos aerogeneradores en el emplazamiento previamente ocupado, aunque se modifiquen las coordenadas de posición de las máquinas y potencialmente se incluyan instalaciones adicionales. Únicamente se admitirán como subvencionables proyectos de repotenciación sobre instalaciones eólicas existentes que comenzasen su operación antes del 30 de junio de 2010, es decir, un mínimo de 20 años con anterioridad a la fecha límite para la realización de las actuaciones.
Tanto las instalaciones existentes asociadas como las nuevas tras la repotenciación deberán estar conectadas a la red de distribución y/o transporte.
Las nuevas instalaciones tras la repotenciación podrán incluir instalaciones de almacenamiento integrado en la instalación de generación en las condiciones establecidas en la convocatoria. Durante todo el ciclo de vida de la instalación de repotenciación los beneficiarios deberán evaluar la disponibilidad y, cuando sea factible, utilizar equipos y componentes de alta durabilidad y reciclabilidad y que sean fáciles de desmantelar y renovar, sin perjuicio de otros criterios de sostenibilidad adicionales que se establezcan en las correspondientes convocatorias. Uno de los objetivos de este programa de incentivos es mejorar la eficiencia energética del parque de aerogeneradores instalados en el territorio nacional, por lo que la producción estimada por unidad de potencia de las nuevas instalaciones tras la repotenciación deberá ser superior a la producción real por unidad de potencia de las instalaciones existentes asociadas que se desmantelen. Se establece unos costes subvencionables mínimos por proyecto superior a 1.000.000 €. Cuantía e intensidad de la ayuda: Ayuda base: Hasta el 35 % del coste subvencionable del proyecto.
Ayuda adicional: la intensidad de ayuda base máxima para ambos sistemas de generación y de almacenamiento se incrementarán en 5 puntos porcentuales de ayuda adicional cuando la actuación se sitúe en islas y/o en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes y/o en municipios incluidos en los Convenios de Transición Justa.
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